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Autor Tema: Alturas de vuelo IFR adecuadas.  (Leído 10802 veces)
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06 Abril, 2009, 12:21:54
GonZoo
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Alturas de vuelo IFR adecuadas.

Hola,

    casi listo para volar en IVAO me ha surgido la duda de cuáles son alturas de vuelo correctas. En su sección de formación de normas vfr/ifr (http://ivao.es/formacion/Ipack/Files/L1-VFR-IFR.htm) se quedan mucho en la parte teórica del asunto y no me termino de aclarar.

La pregunta: en un plan de vuelo IFR pongamos, Huesca - Palma (LEHS-LEPA) ¿puedo volar en cualquier FL? ¿hay un rango determinado? ¿qué FL usaríais?


06 Abril, 2009, 12:31:15 #1
GonZoo
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Re: Alturas de vuelo IFR adecuadas.

Me autorespondo en parte. En el foro de IVAO hablan de un tema que se puede más o menos extrapolar http://es.forum.ivao.aero/index.php/topic,74664.0.html.  Resulta que en España la altura de vuelo viene determinada por la aerovía que se recorre. Recurriendo a las cartas de Aena se puede saber cual es la altura de vuelo dependiendo de la aerovía que recorremos.

El problema es que según lo que dicen los comentarios la altura de vuelo puede variar a lo largo del recorrido con lo cual mi pregunta sigue sin respuesta. ¿Qué altura pongo en el plan de vuelo?


08 Abril, 2009, 11:14:18 #2
GonZoo
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Re: Alturas de vuelo IFR adecuadas.

Visto el éxito de la cuestión he tenido que pasar a la práctica directamente.

De los manuales de IVAO, vuelo IFR, plan de vuelo IFR
"Altitude: Altitud. Los vuelos IFR normalmente utilizan niveles de vuelo (FL). Sin embargo, en trayectos cortos, el avión puede permanecer por debajo de la altitud de transición. En este caso, se usan altitudes, no FL. El nivel elegido en este caso es 350 (FL 350). Si se permanece por debajo de la altitud de transición, debería introducirse, por ejemplo, 6000, sin mencionar FL delante del número. Ver L5-Altimetría para detalles sobre la altitud de transición."

Por lo que he entendido la altitud (siempre limitada por la altitud mínima de la aerovía) viene determinada más bien por el tipo de nave que por el tipo de vuelo en sí. En mi caso usando una King Air 350 (bimotor, helice) la velocidad máxima es 250kt. Por tanto podría volar por debajo de FL110. Finalmente en mi prueba ayer en IVAO hice el vuelo justo a esa altitud y los controladores la aceptaron.

Más información sobre vuelos IFR,VFR
http://www.ivao.es/formacion/Ipack/Files/L1-VFR-IFR.htm


08 Abril, 2009, 12:14:24 #3
bokepacha
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Re: Alturas de vuelo IFR adecuadas.

Con esa aeronave en principio podrías volar hasta FL250 ( o era FL290???) dodne entrarían en funcionamiento los niveles RSVM y si la nave no está capacitada entonces debes permanecer por debajo. Esto tiene un problema real y es que, el primero que está en la aerovía manda. Esto pasa con los jumbolinos, que pueden subirte a FL340 sin problemas pero van más lentos que el resto y si tu vas detras comiendole el culo debes subir o bajar o ajustar tu velocidad.

En tu plan de vuelo puedes elegir entre altitudes o niveles de vuelo. Uno vendrá como "A" y el otro como "FL". En el primero quedaría como A6000 y en niveles sería el conocido FL100 o lo que quieras poner.

En la beech que vuelas si pones fl 170-180 seguirán dándolo como bueno porque es legal, el que quiera ir más rápido que suba más


08 Abril, 2009, 13:34:19 #4
supergolfo
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Re: Alturas de vuelo IFR adecuadas.

Esto pasa con los jumbolinos, que pueden subirte a FL340 sin problemas pero van más lentos que el resto y si tu vas detras comiendole el culo debes subir o bajar o ajustar tu velocidad

No vale sacarles bandera negra y descalificarlo por obstruir al resto de participantes? XD

PD:  jumbolino aka BAe-146 ¿?




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08 Abril, 2009, 13:35:42 #5
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Re: Alturas de vuelo IFR adecuadas.

Muchas gracias por la info Boke.

Hablando del tema con wylly0034 añado un par de apuntes importantes junto con unas aclaraciones por si un neófito visita esto.

Se habla de altitud y no de FL (flight level) cuando se vuela por debajo de la Altitud de Transición (TA). Si no me equivoco depende del aeropuerto y las condiciones pero por dar una orientación ayer el ATIS de  LEAL me dio TA6000ft. Así pues por debajo de TA6000ft hablaríamos de A5000 y por encima (p.ej. 11000ft) hablaríamos de FL110. Un apunte más de altura, por encima de TA se resetea el qnh a 1013, al descender se ajustará a lo que nos diga el ATC. Efectivamente mi nave no está capacitada para con RSVM (FL290 y superior, reservada a airliners y jets punteros), así que no puedo volar tan alto.

Además estaba equivocándome con el tema de las  velocidades. Mi nave está limitada a 250kias (velocidad del aire) que no tienen porque ser (de hecho no serán) 250 kt (velocidad en tierra) ya que eso depende entre otros factores del viento, la densidad del aire,.... Es por ello que resulta interesante ganar altura -> baja la densidad del aire -> ganas velocidad. Para la próxima probaré con niveles de vuelo más altos. Los que sugiere Boke parecen buenos (gracias!)

Salut!


Con esa aeronave en principio podrías volar hasta FL250 ( o era FL290???) dodne entrarían en funcionamiento los niveles RSVM y si la nave no está capacitada entonces debes permanecer por debajo. Esto tiene un problema real y es que, el primero que está en la aerovía manda. Esto pasa con los jumbolinos, que pueden subirte a FL340 sin problemas pero van más lentos que el resto y si tu vas detras comiendole el culo debes subir o bajar o ajustar tu velocidad.

En tu plan de vuelo puedes elegir entre altitudes o niveles de vuelo. Uno vendrá como "A" y el otro como "FL". En el primero quedaría como A6000 y en niveles sería el conocido FL100 o lo que quieras poner.

En la beech que vuelas si pones fl 170-180 seguirán dándolo como bueno porque es legal, el que quiera ir más rápido que suba más


08 Abril, 2009, 16:49:08 #6
bokepacha
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Re: Alturas de vuelo IFR adecuadas.

Una correción con un ejemplo. Ponemos de ejemplo una TA de 6000 (la normal) y un TL de 070, en ese caso 6000 pies sigue siendo TA ya que incluye siempre el número que tiene, al igual que TL incluye 070. La cuestión es que cuando tu pasas el TA pero aún no estás en el TL, te dan un margen de ascenso para que cales el altímetro, por eso el TA siempre es el mismo pero el TL cambia con respecto al QNH local, para que siemrpe tengas ese margen de maniobra.

En resumen, el TA incluye los 6000 (7000 en Granada y 13000 en madrid) y el TL cambia según el QNH


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